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La financiación para pymes

La financiación para pymes

Autor: Juan Pedro Pérez - Global Consulting SBD
La financiación para pymes

Si tienes una pyme o eres un autónomo y, además dispones de una línea de crédito, de avales, de un contrato de descuento o de factoring, o incluso de varios de ellos, te interesa saber qué derechos te respaldan ante una entidad de crédito (Bancos, Cajas de Ahorros, Cooperativas de Crédito o el propio I.C.O.), o un establecimiento financiero de crédito.


En primer lugar, si tu entidad decide no prorrogar o cancelar tu flujo de financiación, no lo puede hacer de un día para otro, sino que debe avisarte con tres meses de antelación por un medio que permita dejar acuse de recibo. Contarás así con un plazo de tiempo para buscar financiación en otras entidades y evitar que te quedes sin la liquidez que necesitas.
Este derecho a tres de meses de preaviso no sólo está pensado para el caso de la cancelación de tus posiciones bancarias con la entidad, sino también en los casos en los que la entidad pretenda reducir en al menos un 35 % la financiación global obtenidad.


Por eso estate atento si te ofrecen o bien firmar nuevos contratos o bien la prórroga de los vigentes, pero reduciendo su importe: puede que te estén recortando la financiación concedida sin avisarte con tiempo suficiente.


Ten presente también que esta regla tiene excepciones. Así las entidades pueden reducir o cancelar la financiación en los siguientes casos:
a) Declaración de concurso de Acreedores
b) El incumplimiento del contrato por parte del cliente
c) Y razones objetivas basadas en el empeoramiento de las condiciones financieras de la empresa.


Por otro lado, si la pyme o el autónomo lo solicitan las entidades están obligadas a preparar un informe de solvencia llamado “Información Financiera PYME”. Es un informe muy completo en el que se resume a situación financiera, el nivel de endeudamiento y el historial de pagos del cliente.


Además, el informe ha de incluir una calificación del riesgo, que para entendernos es la nota obtenida en la evaluación de la capacidad de pago y en la que se fijan las entidades para decidir si te conceden financiación o no. La Información Financiera PYME puede serte útil para acceder a otras fuentes de financiación.


Este informe puede tener un coste para el cliente que lo pida. El precio no es fijo y variará según cada entidad, por lo que te recomendamos informarte previamente.



Por último en caso de que la entidad haya decidido cancelar o reducir como mínimo un 35 % la financiación concedida, está obligada a entregar de forma gratuita la “Información Financiera PYME”. Aunque el cliente no lo solicite. 
Para ello, la entidad cuenta con un plazo máximo de diez días hábiles desde que comunicó la decisión.

LEY 5/2015 DE 27 DE ABRIL DE FOMENTO DE LA FINANCIACION EMPRESARIAL B.O.E. núm 101 de 28 de Abril de 2015

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